Regularización Extraordinaria 2026

La mayor oportunidad de regularización en España en los últimos 20 años.

Plazo de solicitud: ABRIL – 30 JUNIO 2026

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Si llevas tiempo viviendo en España sin autorización de residencia, esta puede ser una oportunidad para regularizar tu situación.

El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, ha introducido un nuevo procedimiento de autorización de residencia por circunstancias excepcionales (Disposición Adicional 21ª) que permite obtener permiso de residencia y trabajo en España si se cumplen determinados requisitos.

El plazo de solicitud es limitado y la demanda será muy alta. Una preparación incorrecta del expediente puede suponer la denegación de la solicitud.

Pasaporte con sello de entrada, billete de avión, cualquier documento fechado anterior a esa fecha

Empadronamiento, facturas, citas médicas, contratos de alquiler, recargas de transporte, envíos de dinero…

Certificado de antecedentes penales español en vigor

Certificado legalizado y traducido (con excepciones si llevas +5 años en España o ya lo aportaste antes)

Declaración responsable (con excepciones para arraigo presentado antes del Real Decreto)

Se verifica de oficio por la Administración

Podrás solicitar esta autorización si, además de cumplir los requisitos generales, acreditas al menos una de estas situaciones:

  • Tener una oferta de trabajo o acreditar la intención de trabajar por cuenta ajena o propia.
  • Permanecer en España junto con tu unidad familiar, cuando esté compuesta por hijos menores de edad, hijos mayores con discapacidad que requieran apoyo o ascendientes de primer grado con los que convivas.
  • Encontrarte en situación de vulnerabilidad acreditada por las entidades competentes.

Las personas que hayan tenido la condición de solicitantes de protección internacional en España con anterioridad al 1 de enero de 2026 podrán acceder a un procedimiento específico de autorización de residencia, distinto al arraigo extraordinario, siempre que cumplan los requisitos previstos en la normativa.

Una vez que la solicitud sea admitida a trámite:

  • Se autoriza provisionalmente a residir y trabajar en España
  • El plazo de resolución es de hasta 3 meses

Cada caso debe analizarse de forma individual para determinar la vía adecuada y preparar correctamente la documentación.

En el proceso de regularización de 2005, miles de solicitudes fueron rechazadas por errores documentales que podían haberse evitado. La admisión a trámite te permite trabajar en 15 días, pero una denegación posterior te devuelve al punto de partida. Con el volumen de solicitudes previsto para 2026, los márgenes de error son mínimos.

En Gestión Extranjería analizamos tu caso antes de presentar nada, verificamos que cumples los requisitos, reunimos la documentación correcta y presentamos un expediente sólido desde el primer intento. Sin sorpresas.

No esperes. Contáctanos hoy y empieza a preparar tu expediente.

+34 644 21 93 46 · administracion@newgest.es

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